La nueva ITC AEM1 para ascensores

Jul 18, 2024 | Actualidad

La implementación de la nueva ITC AEM 1 refleja un compromiso firme con la seguridad y la modernización en el sector de ascensores en España. Estas medidas no solo buscan prevenir accidentes, sino también adaptar los ascensores a los avances tecnológicos recientes, asegurando su funcionamiento seguro y eficiente en el futuro.

La nueva ITC AEM 1 para ascensores introduce nuevas medidas para prevenir accidentes y actualizar la tecnología.

El reciente Real Decreto 355/2024 introduce modificaciones clave recogidas en la nueva ITC AEM 1 para ascensores en España, que entró en vigor el pasado 1 de julio. Las principales modificaciones son:

 

  • Puesta en servicio: Define nuevos requisitos para la instalación y puesta en servicio de los ascensores, poniendo especial importancia en asegurar que todos los dispositivos instalados cumplan con los estándares de seguridad más avanzados. Esto incluye la obligación de realizar pruebas antes de la primera utilización.

 

  • Modificación de ascensores existentes: La nueva normativa también regula las modificaciones que se pueden realizar en ascensores ya instalados. Las actualizaciones deben ser documentadas y certificadas para asegurar que no comprometan la seguridad.

 

  • Mantenimiento y revisiones periódicas: El mantenimiento de los ascensores ha pasado a ser un aspecto crucial. Se establecen pautas detalladas sobre las inspecciones periódicas que deben realizarse, tanto a nivel técnico como de seguridad, y se especifican las frecuencias mínimas de estas revisiones.

 

  • Inspección técnica: La ITC AEM 1 incluye un protocolo de inspección técnica rigurosa, que deberá ser realizado por organismos de control acreditados. Estos exámenes incluirán verificaciones de componentes críticos, sistemas de emergencia y dispositivos de seguridad.

Y, por último

  • Seguridad del parque de ascensores:  Este cambio en la nueva ITC establece un incremento de la seguridad en todos los ascensores existentes mediante la implantación de una serie de medidas mínimas obligatorias que veremos a continuación.

Nuevas regulaciones establecen estandares rigurosos para la instalación, mantenimiento y seguridad para los ascensores.

  • Nivelación deficiente, seguridad y accesibilidad – Se deben implementar las modificaciones necesarias para asegurar una precisión exigida en la parada de ±10 mm y de en la nivelación de ±20 mm. El plazo máximo de implementación será de 6 meses en caso de accidente o cambio del grupo tractor y de 12 meses a partir de la detección en la inspección técnica periódica obligatoria.

 

  • Protección del usuario contra el cierre de puertas durante la entrada o la salida de la cabina – Todos los ascensores equipados con puertas de accionamiento automático deberán incorporar un dispositivo de protección (barrera fotoeléctrica), que cubra la apertura desde al menos 25 mm y hasta 1600 mm de altura sobre la pisadera de la cabina. Se instalará en un plazo máximo de 6 meses en caso de accidente o en el plazo de 1 año a partir de la primera inspección periódica en la que se detecte su ausencia.

 

  • Protección del usuario contra los movimientos ascendentes incontrolados de la cabina y los movimientos incontrolados de la cabina en reposo y con las puertas abiertas – Obligatorio a partir del cambio simultáneo de la maniobra y el grupo tractor.

 

  • Comunicación bidireccional de la cabina – Rescate de usuarios/as atrapados. Obligatorio la incorporación un dispositivo de comunicación bidireccional para que los/las usuarios/as atrapados puedan pedir auxilio a un centro de rescate. Se instalará en el plazo de 1 año a partir de la primera inspección periódica en la que se detecte su ausencia.

 

  • Sustitución de guías – Salvo aquellos catalogados como patrimonio histórico artístico, no han de tener guías de cabina o contrapeso que incorporen dispositivos paracaídas de tipos cilíndrica, de raíl o de madera. Los plazos de adecuación irán de 3 a 10 años en función de la fecha de puesta en marcha del ascensor.

 

  • Dispositivos de control de carga – Se deberá instalar el dispositivo en ascensores existentes que no dispongan de ningún dispositivo que impida la sobrecarga de la cabina, siempre que esta medida sea técnicamente viable y no implique la sustitución del cuadro de maniobra. Se instalará en el plazo de 1 año a partir de la primera inspección periódica en la que se detecte su ausencia.

 

  • Contrapeso – En los ascensores existentes, salvo aquellos con marcado CE o catalogados como patrimonio histórico artístico, han de garantizar la seguridad del guiado del contrapeso y de las pesas que lo forman. Deberán adoptarse las medidas necesarias para que los contrapesos y su sistema de guiado puedan ser inspeccionados en todo el recorrido. Los plazos de adecuación irán de 3 a 10 años en función de la fecha de puesta en marcha del ascensor.

Fuji Electric apoya el cumplimiento de la ITC AEM 1 con soluciones tecnológicas avanzadas para garantizar seguridad y eficiencia.

Desde Fuji Electric estamos preparados para apoyar al sector en esta nueva etapa. Gracias a nuestro variador FRENIC-Lift que incorpora todas las funciones necesarias para el cumplimiento de la nueva ITC en lo referente a seguridad.

El variador interviene de una forma determinante a la hora de asegurar una precisión en la parada y nivelación o de evitar movimientos incontrolados de la cabina.

Fuji Electric como gran especialista en el sector del ascensor apuesta por un compromiso firme con la seguridad, eficiencia y modernización del sector gracias a nuestra solución tecnológica. Relax, you have a Fuji.